La publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea del Reglamento (UE) 2026/1739, por el que se modifica la Organización Común de Mercados (OCM), supone un hito para la protección de las denominaciones cárnicas y para la transparencia en la información alimentaria.
La nueva normativa establece, por primera vez en la legislación europea, una definición legal de "carne" como las partes comestibles de los animales y reserva determinadas denominaciones cárnicas exclusivamente a los productos derivados de la carne. Con ello, la Unión Europea refuerza la seguridad jurídica, evita posibles confusiones en el mercado y garantiza una competencia basada en la autenticidad de los productos.
Al tratarse de un reglamento europeo, sus disposiciones serán directamente aplicables en todos los Estados miembros, sin necesidad de transposición al derecho nacional, si bien la propia norma contempla un período transitorio para la aplicación de las nuevas disposiciones relativas a las denominaciones cárnicas.
Un reconocimiento a una reivindicación histórica del sector
Para ANICE, la aprobación del Reglamento responde a una demanda que el sector ganadero-cárnico europeo ha defendido durante años: proteger unas denominaciones que identifican productos con unas características, una composición y una tradición perfectamente reconocibles por los consumidores.
Consideramos que la decisión de las instituciones europeas consolida un principio esencial para el funcionamiento del mercado alimentario: que cada producto pueda identificarse por lo que realmente es.
"La Unión Europea da hoy un paso decisivo para reforzar la transparencia alimentaria y la seguridad jurídica. Cada alimento debe competir desde su propia identidad, su propia propuesta de valor y la confianza que sea capaz de generar entre los consumidores. La verdadera innovación no necesita apropiarse de la identidad de otros alimentos para abrirse camino."
Transparencia, competencia leal e innovación
ANICE recuerda que la defensa de las denominaciones cárnicas nunca ha pretendido limitar el desarrollo de nuevos alimentos ni de nuevas tecnologías de producción, sino garantizar que la innovación se desarrolle en un marco de competencia leal y con una información clara y veraz para los consumidores.
En este sentido, el nuevo Reglamento adquiere una especial relevancia ante el desarrollo de los alimentos obtenidos mediante cultivo celular. Aunque la norma no regula su autorización o comercialización —aspecto que continúa sujeto a la legislación europea sobre nuevos alimentos—, sí fija un principio jurídico de gran trascendencia: las denominaciones tradicionalmente asociadas a la carne quedan protegidas y reservadas a los productos cárnicos.
"La innovación alimentaria tiene pleno recorrido en Europa, pero debe construir su propia identidad y reputación. Cuando un producto necesita apoyarse en denominaciones que durante décadas han identificado a otra categoría de alimentos, está aprovechando el prestigio construido por otros. La innovación merece generar su propio reconocimiento."
Un respaldo a la campaña #CadaCosaPorSuNombre
La entrada en vigor del Reglamento supone también un importante respaldo a la campaña #CadaCosaPorSuNombre, impulsada por ANICE para defender que las denominaciones alimentarias reflejen fielmente la naturaleza de los productos que identifican.
Desde la Asociación hemos mantenido siempre que el futuro de la alimentación pasa por la convivencia de diferentes modelos de producción y distintas fuentes de proteína. Sin embargo, considera que esa convivencia solo puede desarrollarse sobre la base de la transparencia, la competencia en igualdad de condiciones y el respeto a la identidad de cada categoría de alimentos.
La aprobación del Reglamento (UE) 2026/1739 traslada ahora ese principio al ámbito legislativo europeo, reforzando la confianza de los consumidores y aportando un marco jurídico más claro para todos los operadores de la cadena alimentaria.
Porque la mejor garantía para los consumidores y la base de una competencia leal es, sencillamente, que cada cosa se llame por su nombre.
Inscrita en el registro de Transparencia de la Unión Europea. Nº 470064395228-3
Adherida al Código de Buenas Prácticas Mercantiles en la Contratación Alimentaria. Nº Reg.: A22016060901
Código Ético y de Buen Gobierno de ANICE aprobado por Junta General (6-4-2016)